Política de reembolso

Tenemos una política de devolución de 30 días, es decir, dispones de 30 días después de recibir el artículo para solicitar una devolución. 

El artículo debe estar en el mismo estado en que lo recibiste, sin usar, con las etiquetas y en su embalaje original, para que se admita su devolución. También necesitarás el recibo o comprobante de compra.

Para iniciar una devolución, puedes ponerte en contacto con nosotros a la dirección ventas@shkalli.cl. Ten en cuenta que las devoluciones deberán enviarse a la siguiente dirección: Luis Garcia Astorga 626, Rengo, Sexta Region.

Si se acepta la devolución, te enviaremos una etiqueta de envío para la devolución junto con las instrucciones sobre cómo y dónde enviar el paquete. No se aceptarán artículos devueltos sin haber solicitado previamente la devolución.

Para cualquier consulta sobre devoluciones, puedes ponerte en contacto con nosotros a la dirección ventas@shkalli.cl.


Daños y problemas
Por favor, revisa tu pedido en cuanto lo recibas y ponte en contacto con nosotros de inmediato si el artículo está defectuoso, dañado o si recibes un artículo equivocado, para que podamos evaluar el problema y solucionarlo.


Desafortunadamente, no podemos aceptar devoluciones de artículos en oferta o tarjetas de regalo.

Cambios
La forma más rápida de asegurarte de conseguir lo que buscas es devolver el artículo que tienes y, una vez aceptada la devolución, hacer una compra aparte del artículo nuevo.



Reembolsos
Te informaremos cuando hayamos recibido e inspeccionado tu devolución y te comunicaremos si se ha aprobado el reembolso o no. Si se aprueba, se te reembolsará de forma automática en tu forma de pago original en un plazo de 10 días hábiles. Recuerda que el banco o la entidad emisora de la tarjeta de crédito pueden tardar algún tiempo en procesar y hacer efectivo el reembolso.
Si han transcurrido más de 15 días hábiles desde que aprobamos tu devolución, ponte en contacto con nosotros a la dirección ventas@shkalli.cl.

a) Cobertura de riesgo ordinaria por orden de servicio

Los riesgos de pérdida total, pérdida parcial, daño o merma de cada bulto transportado por BLUE EXPRESS conteniendo mercancías, están cubiertos por un monto de hasta $ 85.000. - (ochenta y cinco mil pesos) por orden de servicio, con el objeto de indemnizar al remitente por objetos siniestrados con responsabilidad de BLUE EXPRESS siempre y cuando el valor de los bienes transportados haya sido declarado en la orden de servicio BLUE EXPRESS en instantes previos al envío; de esta forma, BLUE EXPRESS otorga una cobertura de riesgo equivalente al 100% del valor de venta neto declarado hasta el monto de $ 85.000. -

b) Cobertura de riesgo adicional por orden de servicio

Si las mercancías transportadas fueran nuevas y tuviesen un valor superior a $ 85.000. - (ochenta y cinco mil pesos) por orden de servicio, BLUE EXPRESS pone a disposición del remitente una cobertura de riesgo adicional para el transporte que cubre los eventos ocasionados dentro del territorio nacional, hasta el valor de los objetos declarados. Esta cobertura de riesgo adicional tiene un tope de 50 unidades de fomento por orden de servicio y el costo de la prima asociada a ella, asciende al 0.6 % del valor declarado, con cargo al CLIENTE remitente, monto que será facturado junto al envío como servicio adicional. Cada vez que el CLIENTE necesite y opte por esta cobertura de riesgo adicional, debe formalizarlo al momento del retiro mediante su registro en la sección tercera de la orden de servicio (casillero “seguro”). La prima más IVA será calculada conforme al monto declarado. En caso de exceder el monto de 50 unidades de fomento, el CLIENTE declara aceptar expresamente que BLUE EXPRESS no será responsable sino hasta el monto señalado, esto es, 50 unidades de fomento.

En el evento que el CLIENTE transporte bienes cuyos valores sean superiores al monto máximo de cobertura de riesgo ordinaria de BLUE EXPRESS detallada en letra a) precedente, esto es, $ 85.000. - y no adquiera una cobertura de riesgo adicional conforme lo señalado en párrafo anterior, el CLIENTE con ello declara y acepta expresamente que en ningún caso su envío tendrá un valor superior a $ 85.000. -. En virtud de lo expuesto, en caso de pérdida total, pérdida parcial, daño o merma del envío, imputable a BLUE EXPRESS, el CLIENTE explícitamente acepta ser indemnizado en el menor valor resultante entre el valor real del contenido y el monto de $ 85.000. - ya señalado.

Ambas coberturas de riesgo son excluyentes entre sí. Es decir, las respectivas indemnizaciones no son acumulables.

Se deja constancia que BLUE EXPRESS traspasa los eventuales costo de seguros al CLIENTE, en consecuencia, toda variación de prima, todo cambio en las condiciones de cobertura, nuevas exclusiones y/u otros ajustes internos de BLUE EXPRESS, serán de igual forma traspasados en integridad el CLIENTE.

Productos excluidos de las coberturas de riesgo

Quedan excluidos de la cobertura de riesgo ordinaria por orden de servicio y de la cobertura de riesgo adicional, los siguientes bienes:

Dinero, joyas, relojes, vales al portador, valores, documentos valorados, documentos mercantiles, títulos mobiliarios, cheques, vales vista, letras de cambio, pagarés, acciones, licencias médicas, propuestas y/u otros bienes suntuosos.

Consideraciones especiales:

* En los casos de extravío o daños de documentación tributaria BLUE EXPRESS otorgará a solicitud del CLIENTE una carta informando el estado del envío al momento de la solicitud.

* BLUE EXPRESS no responderá por los desperfectos técnicos, mecánicos, eléctricos, magnéticos, electrónicos, fotográficos o grabaciones que pudieren presentar los bienes transportados.

* En el evento improbable que el CLIENTE no haya efectuado declaración de contenido, efectuare una declaración inconsistente o estuviese impedido de acreditar la adquisición de los bienes transportados (mediante exhibición de documentos que lo respalden por ej. boletas, facturas) las partes firmantes del presente Anexo, acuerdan que BLUE EXPRESS otorgará a título de indemnización la suma única y total equivalente a la devolución del valor pagado por el importe (flete).

Procedimiento general reclamos de carga.
  • Completar todas las informaciones solicitadas en el formulario de reclamo disponible en Portal de Clientes.
  • Es requisito acreditar el valor de los bienes reclamados según requerimiento de BLUE EXPRESS mediante factura o boleta.
  • Guía de despacho valorizada.
  • Fotocopia de factura o guía de despacho que acompaña la carga en el transporte fallido.
  • Cotizaciones por reparación en caso de daño.
  • Adicionalmente para reclamos relacionados a una entrega con daño y pedidos retirados sin movimiento se deberán incluir las evidencias fotográficas adicionales descritas en el formulario.
  • El CLIENTE se obliga a declarar en instantes previos al envío y en forma copulativa los siguientes datos: número de referencia (boleta o factura que ampara el traslado de los bienes a transportes), valor neto de venta y detalle del contenido. Las obligaciones dispuestas en este párrafo es condición esencial para que BLUE EXPRESS, de inicio al procedimiento general de reclamos de carga, siendo causal de rechazo la contravención a las señaladas declaraciones en instantes previos al envío.

La indemnización cubrirá el costo de reposición del objeto siniestrado sólo hasta por el monto señalado anteriormente. En ningún caso cubrirá el valor esperado, la pérdida de venta u otros montos que sean requeridos por el CLIENTE remitente o consignatario.

Las causales de no aceptación de un reclamo formal, obedecerán a las condiciones generales estipuladas en el Convenio de transporte y a los estándares de servicio ofertados por BLUE EXPRESS.

Todo reclamo por pérdida parcial, pérdida total, daño o merma debe ser presentado a BLUE EXPRESS dentro de los 45 días hábiles a la fecha de entrega al consignatario, o en su defecto a la fecha supuesta de ella. Los reclamos posteriores serán rechazados por caducidad del plazo de denuncia del siniestro.

De ocurrir un siniestro, BLUE EXPRESS rechazará toda factura emitida por el remitente equiparando al valor de la venta del siniestro ocurrido, debido a que en el hecho no existen acciones, ni voluntad de compra-venta entre las partes, de acuerdo al DL 825 artículos 2, 8 y su respectivo Reglamento.

En caso de siniestros con pérdida total que provoquen daño en el objeto transportado, el remitente y/o consignatario deberá poner a disposición de BLUE EXPRESS los restos siniestrados.

BLUE EXPRESS anticipará la indemnización respectiva una vez que tenga en su poder la documentación requerida, en las formas aquí estipuladas siempre y cuando se cumplan las formalidades exigidas en el presente Anexo, entregando resolución al CLIENTE en un plazo de 7 días hábiles contados desde la recepción de todos los antecedentes necesarios para el análisis del caso.